Buenos días, llevaba trabajando en una empresa desde 1986 y me han despedido por causas objetivas sin abonarme la liquidación correspondiente por lo que interpuse una reclamación de despido y cantidad. El problema es que me olvidé de que tenía que ir al Semac. ¿He perdido todos mis derechos? ¿No puedo hacer nada?

Buenos días, llevaba trabajando en una empresa desde 1986 y me han despedido por causas objetivas sin abonarme la liquidación correspondiente por lo que interpuse una reclamación de despido y cantidad. El problema es que me olvidé de que tenía que ir al Semac. ¿He perdido todos mis derechos? ¿No puedo hacer nada?

 

Buenos días, en lo que respecta a la reclamación de despido debe contar 20 días hábiles a partir de la fecha de efectos del mismo hasta que pueda presentar una nueva papeleta de conciliación – sin contar los sábados, los domingos y los festivos-. Si han transcurrido más de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido hasta que presente la nueva papeleta, la acción por despido estaría caducada y no podría hacer nada. Pero si no han transcurrido los 20 días puede continuar con la acción de despido interponiendo una nueva papeleta de conciliación.

En cualquier caso, puede continuar con la acción de cantidad ya que el periodo de prescripción es de un año a contar desde el momento en el que nace el derecho.

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