Listado de Sociedades Profesionales

IMPORTANTE:

En cumplimiento del Art. 28 de la Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos les informamos de que los datos expuestos tienen como único fin informar del listado de colegiados en ejercicio pertenecientes a este Excmo. Colegio. Bajo ningún concepto estos datos podrán utilizarse para otro fin que la mera consulta de los datos del colegiado, quedando especialmente prohibido su uso para fines de publicidad o prospección comercial. (*)

SOCIEDADES PROFESIONALES: 

Introduzca los criterios de búsqueda:



 
Mostrando 1–20 de 21 1 2
Nº registro DENOMINACIÓN Población Colegiado
10 PADILLA Y FERNANDEZ ASESORES, SLP SANTA CRUZ DE TENERIFE PADILLA MALDONADO, JOSE GABRIEL Sociedades
12 ARA ASESORAMIENTOS Y GESTION, SLP SANTA CRUZ DE TENERIFE NIEBLA NIEBLA, ANTONIO ELIAS Sociedades
13 AMELEI CONSULTORES, SLU SANTA CRUZ DE TENERIFE AGUILAR DENIZ, AMELIA MARIA Sociedades
15 ASESORIA LABORAL REVERON, SLP PUERTO DE LA CRUZ HERNANDEZ BRITO, SALVADOR MIGUEL Sociedades
16 ASOLAFIS, S.L.P. SANTA CRUZ DE TENERIFE TORRES RODRIGUEZ, JUAN LEOPOLDO – MARTIN BRITO, JUANA Sociedades
19 CARLOS MATOS Y SUCESORES S.L.P. SANTA CRUZ DE LA PALMA MATOS SAN BLAS, JOSE CARLOS Sociedades
2 GAMBOA ASESORES, SLPU LA LAGUNA GONZÁLEZ HERRERA, JUAN CARLOS Sociedades
21 MONTANER Y ASOCIADOS TENERIFE, SLP SANTA CRUZ DE TENERIFE TALAVERA OLIVA, TRINIDAD Sociedades
22 ASESORIA DE EMPRESAS BENCOMO & GONZALEZ, SLP LOS REALEJOS BENCOMO GONZALEZ, CARLOS AGUSTIN Sociedades
23 R. PIÑERO & ASESORES ASOCIADOS, SLP SANTA CRUZ DE LA PALMA PIÑERO HERNANDEZ, RUBEN Sociedades
25 DÍAZ LLARENA CONSULTORES Y ASESORES, S.L.P. GÜIMAR DÍAZ LLARENA, FRANCISCO JOSÉ Sociedades
26 A.T.L. ASESORES, S.L.P.U. SANTA CRUZ DE TENERIFE PRIETO ALVAREZ, FRANCISCO Sociedades
27 ASESORES Y CONSULTORES TRES 80, S.C.P SAN MIGUEL DE ABONA TARIFE MELO, JASMINA CANDELARIA Sociedades
28 GÓMEZ PÉREZ ASESORES, S.L.P. SANTA CRUZ DE TENERIFE GÓMEZ PÉREZ, JUAN JOSE Sociedades
29 BLASCO Y GONZÁLEZ, S.L.P. SANTA CRUZ DE TENERIFE BLASCO HERRERA, JORGE – GONZÁLEZ GARCÍA, CARLOS JESÚS Sociedades
30 ASESORAMIENTO EMPRESARIAL MORALES & SANTANA, S.L.P. SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA MORALES ALONSO, MERCEDES LEONOR Sociedades
31 A.T. L. ASESORES LA GOMERA, S.L.P. SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA PRIETO ALVAREZ, FRANCISCO Sociedades
4 ASESORIA JURIDICA GABINO RAMOS BETHENCOURT, SLP SANTA CRUZ DE TENERIFE RAMOS BETHENCOURT, GABINO Sociedades
5 JOSE BARRIOS MÉNDEZ, SLP BREÑA ALTA BARRIOS MÉNDEZ, JOSÉ Sociedades
6 CONTAEMPRESARIAL ASESORIA, SLP LA OROTAVA REAL GONZÁLEZ, ROBERTO A. Sociedades
Mostrando 1–20 de 21 1 2

(*) Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 3. Definiciones

j) Fuentes accesibles al público: Aquellos ficheros cuya consulta puede ser realizada por cualquier persona, no impedida por una norma limitativa, o sin más exigencia que, en su caso, el abono de una contraprestación. Tienen la consideración de fuentes de acceso público, exclusivamente, el censo promocional, los repertorios telefónicos en los términos previstos por su normativa específica y las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales que contengan únicamente los datos de nombre, título, profesión, actividad, grado académico, dirección e indicación de su pertenencia al grupo. Asimismo, tienen el carácter de fuentes de acceso público los Diarios y Boletines Oficiales y los medios de comunicación.

Artículo 11. Comunicación de datos

1. Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado.
2. El consentimiento exigido en el apartado anterior no será preciso:
a) Cuando la cesión está autorizada en una Ley.
b) Cuando se trate de datos recogidos de fuentes accesibles al público.

Artículo 28. Datos incluidos en las fuentes de acceso público

1. Los datos personales que figuren en el censo promocional o las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales a que se refiere el artículo 3 j) de esta Ley deberán limitarse a los que sean estrictamente necesarios para cumplir la finalidad a que se destina cada listado. La inclusión de datos adicionales por las entidades responsables del mantenimiento de dichas fuentes requerirá el consentimiento del interesado, que podrá ser revocado en cualquier momento.
2. Los interesados tendrán derecho a que la entidad responsable del mantenimiento de los listados de los Colegios profesionales indique gratuitamente que sus datos personales no pueden utilizarse para fines de publicidad o prospección comercial. Los interesados tendrán derecho a exigir gratuitamente la exclusión de la totalidad de sus datos personales que consten en el censo promocional por las entidades encargadas del mantenimiento de dichas fuentes. La atención a la solicitud de exclusión de la información innecesaria o de inclusión de la objeción al uso de los datos para fines de publicidad o venta a distancia deberá realizarse en el plazo de diez días respecto de las informaciones que se realicen mediante consulta o comunicación telemática y en la siguiente edición del listado cualquiera que sea el soporte en que se edite.