Le agradezco que haya utilizado esta vía de asesoramiento previo para poder tener un mínimo conocimiento de la forma de actuar en el caso que suceda el despido, pero le recomendamos que una vez sea despedido se ponga en mano de un Graduado Social colegiado que podrá asesorarle y representarle en el procedimiento judicial al ser estos los únicos expertos en el Derecho del Trabajo.
En el caso que el empresario le entregue una carta de despido, lo primero que debe hacer es firmar el recibí, poniendo la fecha de entrega y si lo desea, escribir “no conforme”. Una vez que tenga en su poder la carta de despido, acuda a un Graduado Social para ver el contenido de la carta y estudiar si los hechos que motivaron el despido no son ciertos interponer la correspondiente papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Santa Cruz de Tenerife y la demanda judicial ante el Juzgado de lo Social. Es muy importante tener en cuenta que se trata de un proceso con periodo de caducidad y el plazo para demandar es de 20 días judiciales, es decir, no se computan festivos, ni sábados ni domingo.
En el caso que el empresario le despida de forma verbal, debe acudir a un Graduado Social, para que le remita un Burofax al empresario para que se ratifique sobre la decisión de extinguir de forma verbal el contrato de trabajo concediéndole un plazo prudencial, por ejemplo 24 horas desde su recepción, y si en dicho plazo no responde, proceder a interponer una demanda por despido verbal.
Tiene que tener en cuenta, que la Ley reguladora de la Jurisdicción Social establece un procedimiento específico para los despidos y que el mismo en el plazo menor posible es resuelto por el Juez, siempre y cuando, no se llegue a un acuerdo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SEMAC).
Muchas gracias y le reitero la recomendación de que acuda a un Graduado Social para que pueda proceder a la defensa de sus legítimos intereses.