Tengo una empresa de 10 trabajadores y quiero realizar un contrato de los denominados “tarifa plana”; ¿qué requisitos y ventajas tengo?

Los importes a los que se reducirán las aportaciones empresariales a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, son los siguientes:

  1. Contratación indefinida a tiempo completo, 100,00€ mensuales.
  2. Contratación indefinida a tiempo parcial, con una jornada de trabajo al menos equivalente a un 75% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable, 75,00€ mensuales.
  3. Contratación indefinida a tiempo parcial, con una jornada al menos equivalente a un 50%, 50,00€ mensuales.

Estas reducciones se aplicarán durante un período de 24 meses. Finalizado el período de 24 meses, y durante los 12 meses siguientes, las empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores, tendrán derecho a una reducción equivalente al 50 % de la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes.

Para beneficiarse de las reducciones previstas en este artículo, las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  2. b) No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos u otros declarados judicialmente como improcedentes en los 6 meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción.
  3. c) Que la contratación suponga un incremento del nivel de empleo en la empresa.
  4. d) Mantener durante un periodo de 36 meses el nivel de empleo total alcanzado.

 

Por último, le recomendamos que para una más completa información al respecto, y antes de tomar cualquier decisión de índole Jurídico – Laboral o de Seguridad Social,  acuda Usted al Despacho de un Graduado Social Colegiado.